Beverly Hills · Todo California

Abogado de salarios no pagados en Los Ángeles

Usted sabe cuántas horas trabajó. Sabe lo que le depositaron. La diferencia no es cuestión de opinión.

Lo que detiene a la mayoría de la gente es el tamaño del asunto. Doscientos dólares al mes no parecen suficientes para buscar un abogado. Pero cuando se suman dos o tres años, más las multas que California le impone al patrón, la cifra casi siempre es mucho mayor de lo que la persona esperaba.

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Su estatus migratorio no cambia lo que le deben

Esto es lo primero que pregunta la gente, y muchas veces es la razón por la que no llama.

La ley de California es clara: todas las protecciones laborales aplican sin importar su estatus migratorio. El Código Laboral lo dice expresamente. Un patrón que no le pagó las horas se las debe igual, y el hecho de que usted no tenga papeles no es una defensa para él.

Además, amenazar a un trabajador con reportarlo a inmigración porque reclamó su salario es ilegal por sí solo, y crea un reclamo aparte contra el patrón. Lo he visto usarse como advertencia en cocinas y en bodegas, y funciona precisamente porque la gente no sabe que está prohibido.

Lo que usted me cuente se queda entre nosotros.

Lo que la ley de California sí le debe

California es más generosa que la ley federal, y las reglas no son las que la mayoría supone.

Las horas extras empiezan después de ocho horas en un día, no solamente después de cuarenta en la semana. Después de doce horas en un día, el pago se duplica. El séptimo día seguido de trabajo tiene su propia regla.

El descanso para comer es sin pago y sin interrupciones, y le toca antes de que termine la quinta hora. Los descansos cortos sí son pagados: diez minutos por cada cuatro horas. Si le quitaron un descanso, se lo acortaron, o se lo dieron con el teléfono en la mano, el patrón le debe una hora de pago por ese día. Esas multas suman más rápido que las horas extras.

Y luego está todo lo de las orillas: el tiempo antes de checar entrada, el cierre después de checar salida, el viaje entre sucursales durante el día, el turno partido, el uniforme que usted tuvo que comprar, las millas de su propio carro.

"Usted es asalariado" y "usted es contratista"

Son las dos cosas que más se dicen, y casi siempre se dicen mal.

El salario no decide nada por sí solo. Para estar exento, el trabajo que usted hace todo el día tiene que ser de cierto tipo, y además tiene que ganar por lo menos el doble del salario mínimo estatal por tiempo completo. Un gerente que pasa la mayor parte del turno haciendo el mismo trabajo que el equipo normalmente no está exento, diga lo que diga su título.

Que le den un 1099 no lo convierte en contratista. Desde la ley AB 5 la prueba es estricta y le toca al negocio demostrar las tres partes. Casi nunca pueden.

El último cheque

Si lo despidieron, su cheque final se le debía ese mismo día. Si usted renunció avisando con 72 horas, se le debía el último día; sin aviso, dentro de 72 horas.

Si no se lo dieron a tiempo, corre una multa equivalente a su pago diario por hasta treinta días. Esa multa muchas veces vale más que los salarios que la causaron, y es una de las reglas que más se ignoran en California.

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¿Me pueden correr por reclamar?

No pueden, y si lo hacen se crea un segundo reclamo encima del primero. Tomar represalias contra alguien por preguntar por su pago es ilegal, igual que lo es prohibirle platicar con sus compañeros sobre cuánto ganan.

De todos modos pasa. Si le pasó a usted, el despido puede valer más que los salarios.

Cuánto tiempo tengo

Los reclamos de salarios alcanzan años hacia atrás, no meses, y por eso los totales sorprenden. Hay plazos distintos para partes distintas del reclamo, así que el día en que usted llama decide hasta dónde se puede recuperar. Cada mes que pasa es un mes que se cae del otro extremo.

Si ya no trabaja ahí, ese reloj lleva corriendo desde que salió.

Cuánto cuesta

Hablar conmigo no cuesta nada.

Si tomo el caso, usted no paga nada a menos que se recupere dinero para usted, y los costos del caso salen de la recuperación y no de su bolsillo. Si no ganamos, usted no paga. Todo queda por escrito antes de que firme cualquier cosa.

Qué conviene guardar

No espere a juntar todo para llamar. Pero si tiene sus talones de pago, fotos de los horarios o del reloj checador, mensajes sobre las horas o sobre checar salida, y las fechas en que entró y salió, empezamos más adelante.

Sus propias notas de las horas que realmente trabajó valen más de lo que la gente cree, porque en California la obligación de llevar registros exactos es del patrón. Cuando esos registros faltan o están mal, lo que usted diga pesa de verdad.

No entre a un sistema del trabajo al que ya no tiene acceso para conseguirlos.

Hablemos

Beverly Hills. Atiendo casos en todo California.

Déjeme su nombre, un teléfono y una frase sobre lo que pasó. Yo le regreso la llamada. No adjunte documentos aquí.

Enviar este formulario no me convierte en su abogado, y ningún plazo queda protegido hasta que los dos firmemos un acuerdo por escrito. Si su plazo está cerca, mejor llame.

No mande detalles confidenciales ni adjunte documentos. Con lo necesario para regresarle la llamada basta.

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